Ante el pedido de CAME, la AFIP decidió prorrogar los embargos a PYMES

Junto con la suspensión de embargos, también se estableció la adhesión al plan de pagos a diez años y la posibilidad de incluir planes caducos hasta septiembre pasado.

Nacionales 13/11/2019

A través de la Resolución General 4630/2019 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió suspender los embargos a PYMES inscriptas en el Registro Pyme del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, en el período del 14 de agosto hasta el 30 de noviembre.

"Mediante la citada resolución general se estableció un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el día 15 de agosto de 2019, permitiendo además refinanciar ciertos planes vigentes del Título I de la Resolución General N° 4.477 y sus modificatorias, y suspendiendo por el término de NOVENTA (90) días la traba de medidas cautelares para los sujetos que revistan la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, así como también para aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II”, en los términos de la Resolución General N° 4.568 y su modificatoria", señala la resolución.

También dice que "con el fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables, a través de la Resolución General N° 4.616, se amplió hasta el día 30 de noviembre de 2019, inclusive, la fecha límite para adherir al referido régimen".

La decisión surge luego de un pedido de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), cuando en noviembre pasado la organización envió una carta al titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, pidiendo una nueva prórroga de 90 días para la suspensión de embargos a PYMES. 

El pedido fue ante "el delicado contexto que aún viven las micro, pequeñas y medianas empresas, que muchas veces ven amenazada su supervivencia por la merma de actividad y la sofocante presión tributaria, es de suma importancia que se prolongue este beneficio a fin de dar alivio a su situación y alentar su desarrollo".

Ahora, finalizado el plazo previsto de embargos, la traba de medidas cautelares afectadas por la suspensión deberá efectuarse, en caso de corresponder, en forma progresiva entre los meses de diciembre de 2019 y marzo de 2020, ambos inclusive.

La medida complementa la prórroga que también solicitamos desde CAME dispuesta para la adhesión al plan de pagos a diez años y que, además, incluyó la posibilidad de incluir planes caducos hasta septiembre pasado.

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