---
canonical_url: "https://ushuaia24.com.ar/contenido/15152/confirman-100-mil-pesos-de-multa-contra-mastellone-por-infraccion-a-la-ley-de-ab"
title: "Confirman 100 mil pesos de multa contra Mastellone por infracción a la Ley de Abastecimiento"
article_type: "Article"
description: "La empresa láctea no remitió los listados de precios por producto y puntos de venta vigentes al 6 de marzo de 2020, por lo que la Secretaría de Comercio Interior le impuso una multa."
main_image: "https://ushuaia24.com.ar/download/multimedia.normal.8c43cf9daa7dc45b.6162635f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2022-09-13T20:39:00-03:00"
date_modified: "2022-09-13T20:52:25-03:00"
tags:
  - "Mastellone Hnos"
  - "Secretaría de Comercio"
author_name: "Télam"
category_name: "Nacionales"
category_url: "https://ushuaia24.com.ar/categoria/3/nacionales"
category_description: "Noticias de Argentina"
---

# Confirman 100 mil pesos de multa contra Mastellone por infracción a la Ley de Abastecimiento

![abc](/download/multimedia.normal.8c43cf9daa7dc45b.6162635f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó hoy un recurso extraordinario presentado por una empresa láctea contra una sentencia que confirmó una multa de 100.000 pesos aplicada a la firma por la Secretaría de Comercio Interior por infracción a la Ley de Abastecimiento.

La sanción fue impuesta por la dependencia nacional hace algo más de un año a la firma Mastellone Hnos. S.A., por infringir los incisos i) y j) de la ley 20.680, al no remitir oportunamente listados de precios por producto y puntos de venta vigentes al 6 de marzo de 2020, como lo ordenaba la Resolución 102/2020.

Al presentar el recurso extraordinario, Mastellone, que había pedido la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley de Abastecimiento, sostuvo que la sentencia de segunda instancia había incurrido en una “arbitrariedad”.

La Sala II de la Cámara rechazó ese argumento y replicó que el fallo que confirmó la multa es “un acto jurisdiccional válido”.

Mastellone Hnos SA había cuestionado a la Secretaría de Comercio Interior a la que acusó de actuar de manera “ilegal” y “abusiva” al dictar una norma de alcance general -como la resolución 102/2020- basada en la Ley de Abastecimiento, cuando, a criterio de la empresa, se trata de es una facultad reservada al Congreso de la Nación.

La compañía argumentó que una ley posterior había introducido modificaciones “sustanciales” a la de Abastecimiento, cuyos efectos se hallaban suspendidos por un decreto de 1991.

La Sala II de la Cámara recordó que el decreto 50/2019 designó a la Secretaría de Comercio Interior como autoridad de aplicación de la ley 20.680 y que regía un estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, luego prorrogado por la pandemia de Covid-19.

El tribunal integrado por los jueces José López Castiñeira, María Claudia Caputi y Luis Márquez expuso que, en su momento, al ser intimada a cumplir con la resolución, a la empresa se le hizo saber que la presentación de los listados debía realizarse mediante la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
