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title: "Fronteras peligrosas: El Gobierno autoriza a militares a detener civiles en casos de flagrancia"
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description: "La medida fue confirmada por el ministro de Defensa, Luis Petri, quien defendió la decisión como parte del refuerzo del control fronterizo y criticó a quienes se oponen."
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date_published: "2025-04-28T07:30:00-03:00"
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tags:
  - "Frontera"
  - "Fuerzas Armadas"
  - "Luis Petri"
  - "Ministerio de Defensa"
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category_description: "Noticias de Argentina"
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# Fronteras peligrosas: El Gobierno autoriza a militares a detener civiles en casos de flagrancia

![soldados](/download/multimedia.normal.8c3953304eb32c75.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El Gobierno Nacional autorizó a las Fuerzas Armadas a realizar detenciones transitorias de civiles que sean sorprendidos en flagrancia cometiendo delitos. Así lo confirmó el ministro de Defensa, Luis Petri, a través de su cuenta en la red social X (ex Twitter), donde defendió la medida y apuntó contra las críticas recibidas.

“Sí, es una medida controversial para todos los que defienden narcos, terroristas y violentos delincuentes. Elijan de qué lado van a estar”, expresó Petri en su publicación.

El ministro aseguró que esta medida se enmarca dentro de las atribuciones legales y que no implica una ampliación de las funciones tradicionales de las Fuerzas Armadas. “La ley autoriza a las Fuerzas Armadas a reforzar el control de fronteras. La posibilidad de detención en flagrancia está prevista en todos los Códigos procesales de las provincias y la Nación”, detalló.

Petri también cuestionó lo que calificó como una mirada ideológica que habría limitado la actuación de las fuerzas: “Sólo el sesgo ideológico canceló y maniató a nuestras fuerzas. Todos los países limítrofes con Argentina usan a sus fuerzas armadas para el control y vigilancia de sus fronteras. EEUU lo acaba de anunciar en enero, ¿por qué acá algunos se escandalizan?”.

Según la resolución oficial, el objetivo de esta disposición es “restringir el uso de la fuerza a acciones que el personal militar deba desarrollar circunscribiéndolo a su defensa y a la de terceros en caso de agresiones inminentes que pongan en riesgo la vida, la integridad física o el cumplimiento del deber”.

Asimismo, se aclara que no está permitido “el uso de armas en contra de vehículos o personas sospechosas que huyan o traten de huir de un puesto de control, acceso a instalaciones, recintos, destacamento, aun existiendo sospechas fundadas de un acto ilícito”.

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