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title: "Será obligatorio el “botón de arrepentimiento” y el “botón de baja” en las contrataciones online"
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description: "Las empresas que ofrezcan bienes o servicios a través de internet deberán habilitar enlaces visibles para que los usuarios puedan dar de baja un contrato o cancelar una compra sin trámites adicionales."
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tags:
  - "Ministerio de Economía"
category_name: "Economía"
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category_description: "Entérate de las noticias económicas de Argentina"
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# Será obligatorio el “botón de arrepentimiento” y el “botón de baja” en las contrataciones online

El Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, oficializó este jueves una nueva normativa que refuerza los derechos de los consumidores en el comercio electrónico y en la contratación de servicios a distancia.

La disposición, publicada en el Boletín Oficial, establece la obligatoriedad de contar con un**“Botón de Arrepentimiento”**y un **“Botón de Baja de Servicio”**en un lugar destacado de las páginas web o plataformas digitales de las empresas proveedoras. De esta manera, los usuarios podrán revocar la compra de un producto o la contratación de un servicio de manera inmediata, **sin necesidad de registros ni trámites adicionales**.

La medida actualiza y unifica regulaciones anteriores sobre el derecho de arrepentimiento, fijando que los consumidores tendrán un plazo de 10 días corridos para ejercerlo,**incluso en compras de entradas para espectáculos, servicios turísticos o alquileres**. También aclara las excepciones: no aplica para productos perecederos, bienes ya consumidos, ni cuando la adquisición sea para reventa o procesos productivos.

Por otro lado, se establece que**las empresas deberán responder dentro de las 24 horas posteriores a la solicitud, informando al consumidor un código de identificación de su trámite**y garantizando la baja o revocación solicitada. Además, los servicios de atención al cliente deberán tener un horario no menor al de la operatoria comercial y, en caso de atención exclusivamente telefónica o electrónica, deberán ofrecer al menos 8 horas diarias de atención de lunes a viernes.

Las compañías tendrán un plazo de 60 días corridos para adecuar sus sitios web y canales digitales a esta nueva normativa. El incumplimiento será sancionado bajo la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240)

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