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title: "El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y creó un nuevo régimen de pensiones"
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description: "La medida fue oficializada mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, tras un fallo judicial que ordenó su implementación. Se establecieron los criterios de acceso, permanencia y control de las pensiones no contributivas para personas con discapacidad."
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date_published: "2026-02-04T10:57:00-03:00"
date_modified: "2026-02-04T11:03:46-03:00"
tags:
  - "Discapacidad"
  - "Gobierno nacional"
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# El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y creó un nuevo régimen de pensiones

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El**Gobierno nacional** reglamentó este martes la **Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad**, aprobada por el Congreso en julio de 2025, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficia**l**. La normativa establece los procedimientos para la creación de un **nuevo régimen de pensiones no contributivas** destinado a **personas con discapacidad**, así como sus **criterios de acceso y condiciones de permanencia**.

La medida fue dispuesta mediante el **Decreto 84/2026**, firmado por el presidente **Javier Milei**, y responde a un **fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana**, que ordenó la aplicación inmediata de la **Ley 27.793**. El tribunal había declarado inválido un decreto anterior que suspendía su ejecución por falta de financiamiento y fijó como plazo límite para su implementación el **4 de febrero de 2026**.

La reglamentación define las **condiciones de otorgamiento**, las **incompatibilidades con otros beneficios**, los **procedimientos administrativos** y los **mecanismos de control** del nuevo esquema de **Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social**.

En los considerandos del decreto, se establece que el sistema deberá articularse con las **reglas de compatibilidad de ingresos** y con las **políticas de inclusión laboral** para personas con discapacidad.

Asimismo, la norma incorpora a la **Secretaría Nacional de Discapacidad** al organigrama del **Ministerio de Salud**, centralizando la política pública en esa cartera. También instruye a dicha secretaría a convocar al **Consejo Federal de Discapacidad** para acordar los **criterios de evaluación socioeconómica** y presentar, dentro de los próximos **30 días**, un **plan de auditorías periódicas**.

El decreto dispone además la **conversión automática** de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia al nuevo régimen, lo que implica la implementación de procesos de **identificación, relevamiento y verificación** de las prestaciones alcanzadas.

Finalmente, se establece que las medidas adicionales que se acuerden con el **Consejo Federal de Discapacidad** se implementarán mediante **esquemas de cooperación y cofinanciamiento** entre el **Estado nacional**, las **provincias** y la **Ciudad Autónoma de Buenos Aires**, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación **entró en vigencia el 3 de febrero de 2026**.

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