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title: "Milei eliminó el impuesto al cheque para billeteras virtuales, fintech y operadores de criptomonedas"
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date_published: "2026-06-18T09:25:00-03:00"
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  - "Impuestos"
  - "Javier Milei"
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category_description: "Entérate de las noticias económicas de Argentina"
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# Milei eliminó el impuesto al cheque para billeteras virtuales, fintech y operadores de criptomonedas

![impuesto al cheque](/download/multimedia.normal.9593f487d6bd9437.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

A través del Decreto 475/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional amplió una serie de exenciones al Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, conocido como impuesto al cheque, beneficiando a empresas de pagos electrónicos, billeteras virtuales, operadores de criptomonedas, transportadoras de caudales y firmas vinculadas al sistema financiero.

Según la medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, se busca adecuar la normativa tributaria a los cambios tecnológicos registrados en los últimos años y equiparar el tratamiento fiscal de actividades similares que hasta ahora tenían regímenes diferentes.

Uno de los puntos más relevantes del decreto es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), es decir, las empresas que operan con criptomonedas y otros activos digitales. A partir de ahora, las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para esas operaciones quedarán exentas del impuesto, siempre que las firmas estén inscriptas en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

La exención también alcanza a empresas dedicadas al cobro electrónico de servicios, billeteras virtuales y plataformas de pago, incluyendo movimientos relacionados con depósitos y retiros de efectivo, además de operaciones realizadas por agentes oficiales de esas compañías.

El decreto incorpora además beneficios para las empresas que administran sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito. En estos casos, quedarán exentos los movimientos vinculados a préstamos bancarios destinados a financiar sus actividades y las operaciones relacionadas con la emisión y cancelación de obligaciones negociables.

Otro sector beneficiado es el de las transportadoras de caudales. Las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir el dinero recaudado a sus clientes también quedarán excluidas del tributo, siempre que las empresas se encuentren registradas ante el Banco Central.

Desde el Gobierno argumentaron que la decisión busca modernizar el sistema tributario frente al crecimiento de nuevas herramientas financieras y medios de pago digitales. Además, sostuvieron que permitirá eliminar diferencias impositivas entre empresas que realizan actividades similares.

La medida entró en vigencia este mismo 18 de junio y se aplicará a todos los hechos imponibles que se registren desde la fecha de publicación del decreto.

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