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title: "Desalojos exprés: qué cambia con el proyecto que aprobó el Senado"
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description: "El proyecto aprobado por los senadores cambia el régimen de desalojos, establece un procedimiento judicial sumarísimo y redefine quiénes podrán iniciar una demanda. Hay cambios en el desalojo por falta de pago de alquileres."
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date_published: "2026-08-07T10:22:00-03:00"
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tags:
  - "Alquileres"
  - "Justicia"
  - "Senado"
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category_description: "Noticias de Argentina"
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# Desalojos exprés: qué cambia con el proyecto que aprobó el Senado

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Tras casi doce horas de debate, el Senado de la Nación otorgó media sanción al proyecto de **Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada**, una iniciativa impulsada por el oficialismo que introduce modificaciones en los procesos de desalojo, el régimen de expropiaciones y el Registro de la Propiedad Inmueble.

Antes de la votación, el oficialismo retiró del texto los capítulos que proponían cambios en la Ley de Tierras Rurales y en la Ley de Manejo del Fuego, luego de no reunir el respaldo suficiente para su aprobación. Con esas modificaciones, el proyecto fue aprobado en general por **37 votos a favor y 33 en contra** y ahora será enviado a la Cámara de Diputados.

Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la reforma del procedimiento de desalojo. El proyecto establece que **todas las acciones de desalojo de inmuebles urbanos y rurales deberán tramitarse mediante un juicio sumarísimo**, con el objetivo de reducir los tiempos de resolución respecto de los procesos judiciales tradicionales.

Además, amplía la legitimación para iniciar una demanda. Ya no solo podrán promoverla los propietarios del inmueble, sino también cualquier persona que acredite un derecho o un interés legítimo afectado por la ocupación.

En los casos de **desalojo por falta de pago de alquileres**, el proyecto fija un procedimiento previo obligatorio. El propietario deberá intimar fehacientemente al inquilino para que regularice la deuda, otorgándole un plazo no inferior a **10 días corridos** desde la recepción de la notificación.

El texto también dispone que esa intimación podrá enviarse al domicilio físico o electrónico informado en el contrato y será considerada válida incluso si el locatario se niega a recibirla o la notificación no puede concretarse por causas que le sean imputables.

Durante el debate, el senador **Agustín Coto**, miembro informante del proyecto, sostuvo que la reforma busca brindar herramientas más ágiles a la Justicia para resolver conflictos vinculados con la ocupación de inmuebles y reducir la litigiosidad.

La iniciativa también incorpora modificaciones al régimen de expropiaciones. Según el oficialismo, el objetivo es establecer una interpretación más restrictiva del concepto de utilidad pública para evitar que las expropiaciones respondan a criterios de conveniencia administrativa y reforzar la protección del derecho de propiedad.

Otro de los capítulos aprobados propone modernizar el Registro de la Propiedad Inmueble mediante la digitalización de trámites y la actualización de los procedimientos registrales.

En el cierre del debate, el oficialismo defendió el proyecto al considerar que fortalece el derecho de propiedad y agiliza los procesos judiciales. En cambio, desde bloques de la oposición cuestionaron distintos aspectos de la iniciativa y advirtieron sobre el retiro de los capítulos vinculados a la venta de tierras a extranjeros y al manejo del fuego, dos de los puntos que habían generado mayor controversia durante el tratamiento.

Aunque ya cuenta con media sanción del Senado, **el proyecto todavía no es ley**. Para entrar en vigencia deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados y posteriormente promulgado por el Poder Ejecutivo.

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