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title: "El Gobierno reglamentó el cobro de la atención médica a extranjeros sin residencia permanente"
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description: "La medida alcanza a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. Las emergencias continuarán siendo atendidas independientemente de la situación migratoria."
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tags:
  - "Inmigración"
  - "Salud"
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category_description: "Información veraz sobre salud pública y bienestar. Novedades de hospitales, políticas sanitarias y consejos de prevención."
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# El Gobierno reglamentó el cobro de la atención médica a extranjeros sin residencia permanente

![extranjeros hospital](/download/multimedia.normal.983023a702d56ccc.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Gobierno nacional estableció un nuevo procedimiento para la **atención sanitaria de extranjeros que no cuenten con residencia permanente en Argentina**, que comenzará a aplicarse en los establecimientos de salud administrados por el Estado nacional.

La medida fue oficializada por el Ministerio de Salud mediante la **Resolución 1066/2026**, publicada este martes 11 de agosto en el Boletín Oficial, y reglamenta los cambios introducidos previamente en la Ley de Migraciones.

La normativa diferencia la atención de una emergencia de los tratamientos y consultas habituales.

En los **casos de emergencia**, ninguna persona extranjera podrá ser privada o limitada en el acceso a la atención sanitaria, independientemente de cuál sea su situación migratoria en el país.

Asimismo, los extranjeros que tengan **residencia permanente** continuarán accediendo al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.

La modificación alcanza principalmente a los extranjeros que no tengan residencia permanente y requieran atención sanitaria habitual en establecimientos dependientes del Estado nacional.

En esos casos, deberán **presentar un seguro de salud que cubra la prestación o efectuar previamente el pago del servicio médico**.

### Cómo funcionará el cobro

La resolución establece la creación de un procedimiento operativo específico y contempla dos mecanismos diferentes para recuperar el costo de las prestaciones.

Uno estará destinado a los pacientes extranjeros que posean un seguro de salud. En esos casos se establecerá un circuito administrativo para gestionar el cobro de la atención a través de la cobertura correspondiente.

El segundo mecanismo será aplicado a extranjeros sin cobertura sanitaria, para quienes se implementará el **cobro directo de las prestaciones**.

La normativa se desprende de los cambios realizados en mayo de 2025 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 366, que modificó el artículo 8° de la Ley de Migraciones.

Un punto importante es que **la resolución se refiere específicamente a establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional**. El texto no establece, por sí mismo, un cobro obligatorio en todos los hospitales públicos provinciales o municipales del país.

El Ministerio de Salud aprobó además un anexo con el procedimiento operativo que deberán utilizar los establecimientos alcanzados para identificar la situación del paciente y gestionar el pago o recupero correspondiente.

La **Resolución 1066/2026 entrará en vigencia este miércoles 12 de agosto**.

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