El Impuesto a las Ganancias podría aplicarse en Tierra del Fuego y perjudicaría a los trabajadores

En la Provincia esperan que se aclare la normativa por la cual los fueguinos con sueldos superiores a 1.800.000 pesos mensuales comenzarían a tributar.

Locales08/07/2024
milei ganancias
Imagen Diario Río Negro

La reciente publicación de la Ley 27.743, que incluye modificaciones significativas en el ámbito fiscal como el Impuesto a las Ganancias, generó preocupación en Tierra del Fuego, ya que la medida podría impactar en los bolsillos de los trabajadores.

Al respecto, el titular de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), Oscar Bahamonde, explicó esta mañana en FM Aire Libre que, si bien la ley ya está vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, aún se espera la reglamentación específica por parte de la AFIP, lo cual será crucial para clarificar aspectos prácticos y criterios de aplicación, especialmente en relación con los empleados en relación de dependencia en Tierra del Fuego.

La controversia surgió debido a interpretaciones iniciales sobre si los trabajadores fueguinos estarían sujetos al Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el funcionario vio "con buenos ojos la aclaración que hizo el secretario de Hacienda de la Nación, Carlos Guberman, entre si era la intención o no del gobierno alcanzar a los trabajadores fueguinos, para nosotros es bien tomada porque dijo que 'no era lo que buscaba el gobierno sobre la norma' y que 'se iba a poner a trabajar sobre el tema para dejarlo aclarado'".

En términos prácticos, Bahamonde señaló que serán los empleadores, incluido el gobierno provincial, quienes actuarán como agentes de retención del impuesto y deberán remitirlo directamente a la AFIP. AREF no tiene un rol directo en este proceso de retención y remisión. "No tenemos nada que ver nosotros con este proceso de retención", aclaró, en el caso de aplicarse el Impuesto impulsado por el gobierno de Javier Milei.

Sobre los umbrales y condiciones para el pago del impuesto a las ganancias el contador explicó que dependen de las deducciones permitidas según las circunstancias particulares de cada contribuyente. Por ejemplo, para un empleado soltero, el tributo comienza a aplicarse sobre ingresos superiores a 1.800.000 pesos mensuales, mientras que para un casado con dos hijos el umbral es más alto.

En cuanto a la incertidumbre sobre cuándo se emitirá la reglamentación detallada, subrayó la importancia de una clarificación rápida por parte del Poder Ejecutivo para evitar confusiones y posibles acciones legales por parte de quienes consideren que la norma los afecta indebidamente. "Esperemos que cumpla el gobierno nacional con la palabra", dijo en la emisora, para evitar "la confusión ante la AFIP".

Finalmente, confirmó que cualquier reglamentación o actualización será publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia inmediatamente, asegurando así la aplicación retroactiva de cualquier impuesto que pudiera corresponder desde la fecha de promulgación de la ley. 

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