
Solkotal y Biotenk fueron frenadas por graves incumplimientos sanitarios, entre ellos falta de controles y personal para el área.
ANMAT prohibió cosméticos, medicamentos y productos farmacéuticos por graves irregularidades sanitarias.
Salud15/01/2026
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso hoy una serie de prohibiciones sanitarias en todo el país que afectan a cosméticos, medicamentos y productos farmacéuticos, tras detectar irregularidades graves en su elaboración, registro y comercialización, que representan un riesgo para la salud pública.
Las medidas fueron oficializadas mediante las Disposiciones 16/2026, 18/2026 y 22/2026, publicadas en el Boletín Oficial, e incluyen prohibición de uso, venta, distribución, retiro del mercado e inhibición de actividades productivas.
Cosméticos prohibidos por falta de inscripción sanitaria
A través de la Disposición 16/2026, ANMAT prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución de ocho productos cosméticos que no contaban con los datos de inscripción sanitaria obligatoria en su rotulado, condición indispensable para su venta legal en la Argentina.
Los productos alcanzados son:
Desde el organismo señalaron que, al no estar registrados, no se puede identificar el establecimiento elaborador, lo que impide garantizar su seguridad, calidad y eficacia, motivo por el cual fueron considerados productos ilegítimos.
Por otro lado, mediante la Disposición 18/2026, ANMAT prohibió todos los lotes del medicamento DANFERANE I.V. (Trimetoprima 80 mg + Sulfametoxazol 400 mg), certificado N° 43.621, titularidad de P.L. Rivero y Cía. S.A.
La decisión se adoptó tras comprobar que el producto habría sido elaborado por Laboratorios Solkotal S.A. sin autorización sanitaria, en instalaciones con incumplimientos críticos de las Buenas Prácticas de Fabricación, entre ellos:
ANMAT advirtió que estas condiciones implican un riesgo sanitario inminente, por lo que se ordenó la prohibición total de su uso y comercialización en todo el territorio nacional.
Inhibición de una empresa y retiro masivo de productos farmacéuticos
Finalmente, a través de la Disposición 22/2026, el organismo inhibió preventivamente las actividades productivas de la firma LADECE S.A., con sede en la ciudad de Rosario, y prohibió el uso, venta y distribución de diversos productos farmacéuticos elaborados sin autorización o en áreas no habilitadas.
Entre los productos alcanzados se encuentran alcoholes medicinales, esencias, ácidos, cloruros, pasta Lasar y pomadas, todos ellos considerados ilegales por carecer de registros válidos o por haber sido elaborados en condiciones no aprobadas.
La ANMAT clasificó el evento como de criticidad “alta”, ordenó el retiro inmediato del mercado, y dispuso la instrucción de un sumario sanitario contra la empresa y su dirección técnica.

Solkotal y Biotenk fueron frenadas por graves incumplimientos sanitarios, entre ellos falta de controles y personal para el área.

El organismo sanitario nacional sancionó a empresas de Buenos Aires y Santa Fe por graves irregularidades: falta de director técnico, fabricación y venta sin registro, y comercialización de equipos médicos falsificados.

El país alcanzó récords tanto en procesos de donación como en trasplantes realizados, superando los registros previos a la pandemia

“Ion – Bio Zapper”, “Ion Electrón – Ion Detox Spa” y “Ion Detox – Pediluvio Iónico” fueron suspendidos en su comercialización, distribución y publicación por carecer de registro, habilitación sanitaria y evidencias de eficacia.

Según el organismo sanitario, la PPA es una enfermedad viral de alto impacto socioeconómico y sanitario, considerada de notificación obligatoria internacional, y cuya introducción en el territorio argentino “representaría una amenaza grave e inminente”.

El organismo detectó la fabricación y circulación de productos domisanitarios sin registrar, rótulos no autorizados y tránsito interjurisdiccional. La empresa quedó inhibida y se inició un sumario sanitario.

La medida alcanza a limpiadores, desengrasantes y otros domisanitarios de la marca, que no contaban con registro ni habilitación. También se prohibió su publicidad y se notificó a autoridades sanitarias de todo el país.

Dispuso la prohibición de venta y consumo productos para el pelo de la marca PRODIGY, productos odontológicos de las empresas MDT S.A. Macrodent S.A y de la marca "Ventura".

La agencia detectó que los artículos no están registrados y advirtió que se desconoce su origen, fabricación y condiciones de seguridad.

La medida alcanza a productos de las marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto, que fueron considerados “apócrifos” por utilizar registros inexistentes.
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