
ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva extra virgen por ser un producto apócrifo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional —incluidas las plataformas de venta online— del producto “Aceite de Oliva extra virgen”, marca Tierra de Oliva, por carecer de registros sanitarios válidos y presentar un rotulado falso.
La decisión fue formalizada mediante la Disposición 192/2026, publicada este martes 28 de enero de 2026 en el Boletín Oficial, tras una investigación iniciada a partir de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Según informó el organismo, el producto consignaba en su rótulo los registros RNE N° 12310897 y RNPA N° 12301246, los cuales fueron verificados a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) y resultaron inexistentes, de acuerdo a lo informado por la autoridad sanitaria de la provincia de La Rioja.
Durante el proceso de control, la ANMAT constató que el aceite de oliva era comercializado en distintos puntos del país. En la provincia de Santa Fe, la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) detectó su venta en la localidad de Rufino y emitió una alerta alimentaria que derivó en su prohibición provincial. En tanto, en Córdoba, el producto fue retirado de circulación tras ser hallado en cuatro comercios de la ciudad de Marcos Juárez.
El organismo nacional determinó que el aceite infringe la Ley N° 18.284, el Decreto N° 2126/71 y varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA), al no contar con registros sanitarios de establecimiento ni de producto, lo que lo convierte en un alimento apócrifo.
En ese marco, la ANMAT advirtió que no puede garantizarse la inocuidad, la trazabilidad ni las condiciones de elaboración del producto, por lo que su consumo representa un riesgo potencial para la salud de la población.
Además, la disposición prohíbe en todo el país la comercialización de cualquier alimento que exhiba en su rótulo los registros RNE 12310897 y/o RNPA 12301246, independientemente de la marca o presentación.
La medida fue comunicada a todas las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y forma parte de las acciones de fiscalización y control que lleva adelante la ANMAT para proteger la salud pública.




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