El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y creó un nuevo régimen de pensiones

La medida fue oficializada mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, tras un fallo judicial que ordenó su implementación. Se establecieron los criterios de acceso, permanencia y control de las pensiones no contributivas para personas con discapacidad.
 
04/02/2026
discapacidad

El Gobierno nacional reglamentó este martes la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, aprobada por el Congreso en julio de 2025, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. La normativa establece los procedimientos para la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, así como sus criterios de acceso y condiciones de permanencia.

La medida fue dispuesta mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a un fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793. El tribunal había declarado inválido un decreto anterior que suspendía su ejecución por falta de financiamiento y fijó como plazo límite para su implementación el 4 de febrero de 2026.

La reglamentación define las condiciones de otorgamiento, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control del nuevo esquema de Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social.

En los considerandos del decreto, se establece que el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

Asimismo, la norma incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política pública en esa cartera. También instruye a dicha secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar, dentro de los próximos 30 días, un plan de auditorías periódicas.

El decreto dispone además la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia al nuevo régimen, lo que implica la implementación de procesos de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones alcanzadas.

Finalmente, se establece que las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026.

       

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