El Gobierno deroga la regulación puestos de diarios y permitirá que funcionen como casillas de correo

Las puestos de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, entrega de paquetería y documentación, previa registración como operador postal.

Nacionales04/09/2025
puesto de diario

A través del decreto Decreto 629/2025 publicado en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei dispuso la disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, eliminando el régimen vigente desde el año 2000.

Desde ahora, los puestos de diarios podrán registrarse como operadores postales o asociarse a uno autorizado para ofrecer servicios de entrega de correspondencia, paquetería, documentos oficiales y productos adquiridos por comercio electrónico.
 
La medida busca eliminar la regulación nacional sobre la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública.
Esa actividad pasa a estar sujeta al Código Civil y Comercial de la Nación y a las normas locales que correspondan.

A su vez, se disuelve el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, que había sido creado en 2000.

Los puestos de diarios podrán funcionar también como casillas de correo, siempre que se registren como operadores postales ante el ENACOM o que trabajen mediante un acuerdo con un operador postal autorizado.
Esto les habilita a entregar:

  • Correspondencia general.
  • Papelería, paquetería y productos de e-commerce.
  • Tarjetas de crédito/débito.
  • Documentos de Identidad y pasaportes.
  • La medida entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 05/09/2025.
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