El Gobierno aplicó un fuerte aumento en la cuota del monotributo

Monotributistas deberán pagar más por las cuotas mensuales para locaciones y servicios, tras la reglamentación que implementó el Gobierno con la Ley Bases.
Economía24/07/2024
AFIP

La Ley Bases ya fue aprobada y con ello vino un fuerte aumento en las cuotas mensuales para locaciones y servicios, aparejado con nuevos montos máximos de facturación para todas las categorías del monotributo.

Después de la aprobación del paquete fiscal y su reglamentación mediante el decreto 661 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno libertario busca recaudar más a través los trabajadores independientes. De esa manera actualizó las cuotas con aumentos que van más del 100%.

Esta es la segunda actualización con incrementos que realiza el gobierno de Milei, tras el del verano cuando apenas asumió. Y justamente, se da en medio de una fuerte recesión producto de la devaluación del gobierno y la crisis arrastrada por el kirchnerismo, profundizada por Javier Milei. 

Las cuotas mensuales que deberán pagar los monotributistas de locaciones y servicios:

  • Categoría A: $26.600
  • Categoría B: $30.280
  • Categoría C: $35.458
  • Categoría D: $45.443,80
  • Categoría E: $64.348,18
  • Categoría F: $80.983
  • Categoría G: $123.696,20
  • Categoría H: $280.734,68

Más allá de los aumentos, la medida gubernamental también trajo alivios en los límites de montos de facturación, entre otras medidas.

Aspectos clave de las modificaciones al monotributo:

  • Unificación de escalas: Se han unificado las escalas para la venta de cosas muebles y la prestación de servicios, permitiendo a profesionales independientes y comerciantes facturar en niveles que antes estaban restringidos según la actividad económica.
  • Incremento significativo en los parámetros de facturación: Los límites máximos de facturación se han elevado de manera substancial. Actualmente, el máximo es de $68 millones, un incremento notable comparado con los anteriores $17 millones para venta de cosas muebles y $13,3 millones para servicios. Este ajuste representa aumentos de hasta un 470% en los límites para prestadores de servicios.
  • Actualización semestral según la inflación: Se establece la actualización semestral de todos los parámetros del monotributo según la inflación acumulada del período previo, proporcionando ajustes automáticos que se adaptan a las condiciones económicas cambiantes.

La reglamentación incluye otras novedades importantes:

  • Exención del impuesto integrado para alquileres: Se reglamentó la ley que exonera del impuesto integrado a los monotributistas que alquilan hasta dos unidades de vivienda como actividad exclusiva dentro del monotributo. Esto corrige una situación pendiente para quienes tenían este beneficio, pero seguían pagando la cuota.
    Reingreso al monotributo para quienes renunciaron: Los monotributistas que voluntariamente se habían excluido del régimen ahora pueden regresar, una posibilidad que no existía anteriormente según la ley. Esta inclusión vía reglamentaria permite a quienes optaron por salir, volver al régimen simplificado.
    Inclusión de colaboradores independientes: Los trabajadores independientes que colaboran con hasta tres empleados pueden ahora adherirse a un régimen especial unificado dentro del monotributo, simplificando su situación tributaria.

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