El Gobierno endurece la política migratoria por decreto

Restringen el acceso a la residencia permanente y a la ciudadanía, y habilitan el cobro por servicios públicos de salud y educación a personas sin residencia permanente, entre otras medidas.

Nacionales29/05/2025
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El Gobierno nacional modificó este jueves por decreto la Ley de Migraciones N° 25.871, estableciendo cambios significativos en el acceso a derechos clave para personas extranjeras en el país. A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, publicado en el Boletín Oficial, se introducen medidas que endurecen el régimen de deportaciones, restringen el acceso a la residencia permanente y a la ciudadanía, y habilitan el cobro por servicios públicos de salud y educación a personas sin residencia permanente.

Entre los cambios más relevantes, el decreto establece que el sistema de salud público podrá ser arancelado para extranjeros sin residencia permanente, salvo en situaciones de emergencia, donde se garantiza la atención médica sin restricciones. En los casos restantes, los inmigrantes deberán contar con un seguro de salud o abonar previamente el servicio para acceder a la atención médica.

En el ámbito educativo, se mantiene la gratuidad para los niveles inicial, primario y secundario, independientemente del estatus migratorio. Sin embargo, en lo que respecta a la educación superior, se especifica que las universidades públicas podrán cobrar aranceles a los estudiantes extranjeros que no tengan residencia permanente, aunque también se contempla la posibilidad de acceder a becas mediante convenios o estatutos institucionales.

En cuanto a la política de residencia, el decreto introduce criterios más estrictos para la obtención del estatus de residente permanente, como la necesidad de demostrar medios económicos suficientes y carecer de antecedentes penales. También redefine las categorías migratorias (permanente, temporaria y transitoria) y otorga mayor discrecionalidad a la Dirección Nacional de Migraciones para otorgar, revocar o renovar residencias precarias, cuya vigencia será de hasta 90 días renovables.

El texto también aclara que la residencia precaria no constituye arraigo válido para obtener la residencia permanente ni para solicitar la ciudadanía por naturalización. Además, endurece los requisitos para la reunificación familiar y limita la duración de las autorizaciones de permanencia para familiares directos de residentes.

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