
ANMAT habilitó la importación de productos médicos usados y prohibió cosméticos infantiles sin registro

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso una serie de medidas clave vinculadas a la importación de productos médicos usados y a la seguridad sanitaria, a través de las Disposiciones 224/2026, 221/2026 y 193/2026, publicadas en el Boletín Oficial
Importación de productos médicos usados y reacondicionados
Mediante la Disposición 224/2026, ANMAT actualizó el marco normativo para permitir la importación de productos médicos usados, reacondicionados o a reacondicionar en la Argentina, adecuándolo a los cambios introducidos por el Decreto 273/2025.
La nueva normativa elimina la exigencia del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) y establece que podrán importarse productos médicos usados siempre que no estén prohibidos por razones de seguridad sanitaria. La medida apunta a facilitar el acceso a equipamiento médico, especialmente para centros de salud más pequeños, reduciendo costos y mejorando la capacidad de diagnóstico y tratamiento.
La disposición también deroga la normativa anterior (Disposición ANMAT 806/2007) y fija requisitos diferenciados según la clase de riesgo del producto (I, II, III y IV), incluyendo avisos de importación, certificaciones de reacondicionamiento y controles de funcionamiento.
La norma entrará en vigencia 45 días hábiles después de su publicación.
Prohibición de cosméticos infantiles sin registro
En paralelo, a través de la Disposición 221/2026, ANMAT prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el país de una serie de cosméticos infantiles que carecen de registro sanitario.
La medida alcanza a productos de maquillaje y perfumería comercializados bajo marcas como Bebés Llorones, My Little Pony, Disney Princesses, Piku, Pequeña Diseñadora y otras, detectados durante inspecciones en locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Según informó el organismo, estos productos son considerados ilegítimos, ya que no es posible verificar que hayan sido elaborados bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas ni con ingredientes permitidos, lo que representa un riesgo potencial para la salud de niñas y niños.
Retiro de un destapacañerías por irregularidades
Asimismo, mediante la Disposición 193/2026, ANMAT ordenó la prohibición del uso, comercialización y distribución del producto destapacañerías marca “Clinsy”, tras constatarse que fue elaborado y comercializado con una composición distinta a la aprobada y en un establecimiento no habilitado.
La investigación determinó además el reprocesamiento indebido de productos devueltos, el uso de rótulos incorrectos y el incumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación, por lo que se iniciaron sumarios sanitarios contra las empresas involucradas.
Desde ANMAT reiteraron la importancia de verificar que los productos médicos, cosméticos y domisanitarios cuenten con registro sanitario, y recordaron que estas medidas buscan proteger la salud pública y prevenir riesgos derivados del uso de productos no autorizados.


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