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Comercios deberán tener la obligatoriedad de ofrecer el pago de propinas con medios electrónicos
Una medida del Gobierno nacional obliga a los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, a habilitar propinas a través de medios electrónicos, sin que se cobre un arancel a los clientes por esa modalidad de pago.
Economía 14/08/2024Una disposición del gobierno nacional obliga a los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, la posibilidad de facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina mediante sistema electrónicos, y así permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje.
La medida fue establecida esta noche mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 731/2024, publicado en el Boletín Oficial, en la que se establece que "los comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas, deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos. El ofrecimiento deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina".
El Ministerio de Economía también estableció que "se podrá eximir a ciertas actividades comerciales, por las características propias de cada una de ellas, de la obligatoriedad de ofrecer a los consumidores la mencionada modalidad de pago, pudiendo también incluir nuevas actividades".
No obstante, el decreto aclara que "en ningún caso las propinas serán consideradas como un pago por servicios realizado por el empleador, incluso cuando este actuara como intermediario de las operaciones, por lo que no le generarán ninguna obligación adicional a la transferencia de la propina a su destinatario".
Es importante destacar que las propinas, ya sean en efectivo o electrónicas, no serán consideradas como un pago por servicios realizado por el empleador. El decreto deja claro que las propinas no generarán ninguna obligación adicional para el empleador, más allá de la transferencia de las mismas a los trabajadores. En este sentido, las propinas serán vistas como una liberalidad proporcionada directamente a los empleados y no se utilizarán para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas.
Implicaciones para comercios y trabajadores
Los comercios no podrán cobrar un arancel adicional por ofrecer la opción de propinas electrónicas, lo que garantiza que los consumidores no enfrenten costos extras por esta facilidad. El texto prohíbe la posibilidad "cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad".
Además, los trabajadores tendrán la libertad de distribuir las propinas entre ellos según acuerdos mutuos, sin la intervención del empleador.
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