
Endurecen controles en el ingreso a Ushuaia y la ruta J
La Policía de la Provincia comunicó esta noche que "se ha implementado control estricto en los destacamentos policiales de sobre Ruta 3" como así también en la ruta complementaria J, como parte del decreto de cuarentena por la pandemia del coronavirus.
"Solamente podrán transitar los comprendidos en las siguientes excepciones: Decreto 468/20, artículo 7mo. del Protocolo de cuarentena y Artículo 2do de la Resolución 297/20 M.S. En el mismo sentido, acceso a Ruta J (solo autorizado para residentes y a los comprendidos en las excepciones de referencias), acceso a Playa Larga, camping del Pipo y accesos a senderos de trekking", indicaron.
El decreto 297/20 de cuarentena poblacional establece:
ARTÍCULO 7°.- Únicamente podrán circular por la vía pública las personas para la realización de las siguientes actividades:
A) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
B) Asistencia a centros sanitarios, con las restricciones que informará el Ministerio de Salud de la Provincia.
X) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su presentación laboral, empresarial o profesional, siempre que la tarea no pueda ser realizada en el domicilio.
D) Desplazamiento para la asistencia y cuidado de mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
F) Desplazamiento a entidades financieras, por causas de fuerza mayor o necesidad, las que deberán establecer horarios especiales para los grupos de riesgo.
G) Desplazamiento a puertos, aeropuertos y otros centros de transporte, y asistencia esenciales.
En tanto la resolución 297/2020:
ARTÍCULO 2.- Se exceptúa de la restricción contenida en el artículo 2 a los servicios de logística marítima, aérea, terrestre, actividad comercial de venta de descartables, estaciones de servicio, venta de artículos de limpieza o higiénicos, veterinarias, farmacias, ortopedias, ópticas, lavanderías, insumos para la producción, envasado y distribución de gas, recolección de residuos patológicos, servicios de fumigación y desinfección, recolección de residuos, venta de insumos hospitalarios, servicios de transporte, servicios de provisión y mantenimiento de telecomunicaciones e internet y actividad industrial que produzca insumos vinculados al rubro alimentos, farmacéuticos y descartables. Deberán requerir via mail a la casilla de correo [email protected] la capacitación que brinda personal del Ministerio de Salud de la Provincia en materia de prevención y protocolo de actuación en el marco de la pandemia declarada por COVID-19.
Los restantes rubros podrán trabajar bajo la modalidad de delivery debiendo minimizar las acciones que vinculen el contacto entre personas.


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