El ex HSBC y el Banco Hipotecario deberán indemnizar a clientes por fraudes digitales

El Juzgado Civil y Comercial N.º 2 de Ushuaia falló contra las entidades bancarias, donde clientes fueron víctimas de estafas.

Tierra del Fuego07/07/2025
banco hipotecario ushuaia

Dos usuarios de servicios bancarios fueron víctimas de maniobras fraudulentas a través del sistema digital y, como consecuencia, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N.º 2 del Distrito Judicial Sur ordenó a las entidades bancarias involucradas —el ex HSBC Bank Argentina S.A. y el Banco Hipotecario S.A.— a devolver los fondos sustraídos, pagar indemnizaciones y, en uno de los casos, anular un préstamo que había sido gestionado a nombre de la víctima sin su consentimiento.

En el fallo judicial, el juez Gustavo González consideró que ambas entidades incumplieron con su deber de seguridad, confianza e información, al no adoptar los recaudos necesarios para evitar las operaciones fraudulentas ni actuar con eficacia una vez consumadas.

Sentencias contra los bancos
En el caso del ex HSBC Bank Argentina S.A., el tribunal ordenó al banco a pagar un total de $1.774.000, más intereses, a una clienta que sufrió la extracción indebida de fondos y la aprobación de un crédito sin su autorización. Además, se declaró la nulidad del préstamo y se impuso una multa por daño punitivo como sanción por la conducta negligente de la entidad.

En cuanto al Banco Hipotecario S.A., la sentencia determinó el pago de $1.150.000, también con intereses, a otro usuario afectado por un fraude de similares características.

Ambas resoluciones incluyen, además de la devolución del dinero, indemnizaciones por daño moral, reconociendo el impacto emocional y psicológico sufrido por los clientes.

Repercusiones legales y apelación
Las entidades bancarias interpusieron recursos de apelación contra los fallos, por lo que las decisiones aún no están firmes. No obstante, las sentencias marcan un precedente relevante en la protección de los usuarios financieros frente a delitos digitales.

El juzgado destacó la obligatoriedad que tienen las entidades bancarias de cumplir con las regulaciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA), especialmente en lo que respecta a la protección de datos personales, la detección de operaciones inusuales y la implementación de medidas de ciberseguridad. En este sentido, citó las Comunicaciones "A" 6664, "A" 6878 y "A" 7370 del BCRA.

Advertencia a los usuarios y rol de los bancos
El fallo también funciona como un llamado de atención a quienes operan a través de canales digitales, en un contexto donde los fraudes electrónicos continúan en aumento. No obstante, desde el juzgado remarcaron que “las víctimas no están solas”, y que existe respaldo legal para reclamar por los daños sufridos.

“La protección de los usuarios financieros no es opcional. Los bancos deben tener un rol activo en la prevención del fraude”, sentenció el juez González.

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