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En el juicio tres sujetos fueron condenados por daño agravado y usurpación con penas de 1 año de prisión. En el 2005 los sujetos provocaron un desmonte ilegal en el Parque fueguino.
Tierra del Fuego10/09/2016El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur condenó ayer a tres sujetos que en el año 2005 habían talado árboles de manera ilegal en el Parque Nacional Tierra del Fuego, ubicado en la ciudad de Ushuaia.
En el veredicto se condenaron al ingeniero civil, Ricardo Bianciotto, al agrimensor, Horacio Burgos, recibieron una condena de 1 año y 3 meses de prisión, mientras que al maestro mayor de obras, Orlando Rubén Mansilla Ruiz, le aplicaron 1 año de prisión.
El veredicto dictado tras la Audiencia de Debate y Juicio determinó una condena ejemplificadora en cuanto al deber de cuidado y conservación del ambiente. La pena tiene una finalidad de prevención tanto general, al enviar un mensaje a la sociedad para que sepa que conductas como las llevadas a cabo por los autores son ilegales, como especial, orientada a educar a los sujetos que delinquieron para que no vuelvan a hacerlo.
Los hechos que derivaron en una condena
Entre abril y junio de 2005, empleados de la empresa Patagonia Spirit ingresaron sin autorización, en forma clandestina y con violencia al Parque Nacional Tierra del Fuego, removiendo los mojones que demarcaban el límite del área protegida y talando 216 árboles para la apertura de una senda de acceso desde la Ruta Nacional N° 3 hacia la Bahía San José.
El informe de peritaje realizado por la Dirección de Bosques en septiembre de ese mismo año reconoció tres sectores en los que la picada penetró en el Parque mediante el corte de ejemplares de lenga (Nothofagus pumilio) y guindo (Nothofagus betuloides), tanto adultos como jóvenes. A su vez, estableció que de los aproximadamente 2200 metros de longitud total de la picada, cerca de 380 metros tuvieron lugar en jurisdicción de Parques Nacionales.
Después de más de 10 años de proceso judicial, la Cámara Federal de Casación Penal revocó el último pedido de probation de los imputados y ordenó al Tribunal Oral a llevar a cabo el juicio oral y público, argumentando que la lesión al ambiente, protegido por la Constitución Nacional, no afecta a un particular sino a toda la comunidad y a las generaciones futuras.
Por estos hechos, la Administración de Parques Nacionales, parte querellante en el caso, pidió a través de sus abogadas una condena de 4 años de prisión, además del pago de los costos del proceso, para Bianciotto Burgos y el Mansilla Ruiz por considerarlos como coautores del delito de “daño agravado en concurso ideal con usurpación”, basándose en los artículos 181 inc. 2° y 184 inc. 5 del Código Penal.
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