
Corte Suprema: Solo gremios tienen derecho al paro

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy que los paros y medidas de fuerza realizadas por trabajadores por fuera de los sindicatos son ilegítimos y anticonstitucional.
La resolución se basa en una causa del Correo Argentino "Orellano, Francisco Daniel c/Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ juicio sumarísimo" en donde el trabajador decidió realizar convocatorias a medidas de fuerza por fuera del sindicato. Y como medida el Correo decidió despedirlo.
En los argumentos del despido, el Correo sostuvo que las medidas surgieron durante dos semanas sucesivas en el lugar del trabajo y durante una jornada habitual laboral, afectando la repartición de 6.000.000 de piezas postales.
Tras el despido, el trabajador hizo un reclamo judicial para que se deje sin efecto el despido y la reincorporación a su puesto de trabajo, argumentando que fue un trato discriminatorio y por fuera de la ley.
La Corte aclaró que el paro es un medio de presión, para lograr que se satisfagan ciertas reclamaciones del sector laboral, que obstaculiza el normal desarrollo de las actividades de producción de bienes o de prestación de servicios. Por ende, las medidas de acción directa no solo perjudican al empleador, también afectan a los destinatarios de dichos bienes y servicios, es decir, a los consumidores o usuarios.
En el fallo además se aclara que la huega perjudica tanto al empleador, a terceros como a la sociedad.
Para la Corte, "esa tensión entre derechos de difícil armonización ha sido resuelta subordinando el ejercicio del derecho de huelga al cumplimiento de determinadas condiciones o recaudos. Y uno de esos recaudos es el de que la decisión de ir a la huelga sea adoptada por una asociación gremial".
La Corte recordó que el derecho de huelga fue incorporado al texto de la Constitución Nacional cuando la reforma de 1957 agregó el artículo 14 bis que consagró una serie de derechos de carácter laboral y social que habían adquirido reconocimiento universal durante la primera mitad del siglo XX por vía de su inclusión en las cartas constitucionales de diversos Estados.
El segundo párrafo del artículo 14 bis de la Constitución Nacional estableció que "queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga".


Regresó al país el contingente de la Armada Argentina que participó de la misión humanitaria en Venezuela
Nacionales17/07/2026
El Senado volvió a postergar la ley de propiedad privada tras un pedido de Patricia Bullrich
Nacionales16/07/2026

Villarruel desafió al Gobierno y aseguró que se juega contra "los piratas usurpadores"
Nacionales15/07/2026
Condenaron a Julio De Vido y José López a cinco años de prisión por el caso Skanska
Nacionales13/07/2026

Milei prorrogó la emergencia eléctrica hasta fines de 2027 y advierte que el sistema energético sigue en situación crítica
Nacionales13/07/2026
Condenan al exjefe de Operaciones del ARA San Juan a tres años de prisión en suspenso y absuelven al resto de los acusados
Nacionales08/07/2026
Cambian el sistema de aranceles de los Registros del Automotor y crean un nuevo módulo para calcular los trámites
Nacionales07/07/2026

Río Grande vivirá la final del Mundial en pantalla gigante: convocan a alentar a la Selección en el Parque de los 100 Años
Tierra del Fuego18/07/2026
Tolhuin registra un consumo récord de agua por el frío extremo y reorganizan el abastecimiento
Tierra del Fuego18/07/2026
Por tercera vez detuvieron a un delincuente por intentar robar en autos en Ushuaia
Policiales18/07/2026

