El Gobierno eliminó la exigencia de acreditar vacunas para cobrar el 20% retenido de la AUH en chicos de 5 años

El requisito de controles sanitarios y vacunación se mantiene únicamente para niños y niñas de hasta 4 años inclusive, eliminando la obligación a niños y niñas de 5 años.
Nacionales18/12/2025
anses atencion

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, oficializó una modificación sustancial en el Régimen de Asignaciones Familiares que elimina la obligatoriedad de acreditar controles sanitarios y el plan de vacunación para niños y niñas de 5 años o más como condición para cobrar el 20% retenido de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

La medida fue formalizada mediante la Resolución 1170/2025, publicada en el Boletín Oficial, y redefine los mecanismos de verificación tanto para la AUH como para la Asignación por Embarazo para Protección Social, incorporando además un sistema de validación automática de datos entre el Ministerio de Salud y la ANSES.

En el caso de la AUH, la normativa establece que el requisito de controles sanitarios y vacunación se mantiene únicamente para niños y niñas de hasta 4 años inclusive. Cuando esa información sea remitida mensualmente por el Ministerio de Salud y validada por ANSES, el 20% del monto que hasta ahora se retenía será liquidado de forma automática y mensual junto con el 80% habitual de la prestación.

Para los niños y niñas a partir de los 5 años, la resolución elimina la exigencia de acreditar controles sanitarios y vacunación, manteniéndose como única condición la certificación de asistencia escolar en establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial.

La normativa también prevé que, en los casos en que la información sanitaria no se encuentre disponible en los sistemas oficiales, los titulares del beneficio podrán presentar la documentación correspondiente ante ANSES, conforme a los procedimientos que establezca el organismo.

Respecto de la Asignación por Embarazo para Protección Social, la resolución mantiene el pago mensual del 80% del beneficio durante la gestación y dispone que el 20% acumulado será abonado una vez finalizado el embarazo, siempre que se acredite el nacimiento, la defunción o la interrupción del embarazo, y el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento. Al igual que en la AUH, esa verificación podrá realizarse de manera automática mediante el cruce de información con el Ministerio de Salud.

Asimismo, se establece que el derecho a percibir el monto retenido caducará automáticamente si no se acredita la finalización del embarazo dentro de los 12 meses de ocurrido el hecho.

Desde el Ministerio de Capital Humano señalaron que la medida se enmarca en criterios de simplificación administrativa, eficiencia en la gestión y fortalecimiento del sistema de protección social, buscando reducir trámites presenciales y facilitar el acceso a los derechos.

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