El Gobierno promulgó la Ley de Reforma Laboral: ¿Qué cambia para trabajadores y empresas en Argentina?

La norma, aprobada por el Congreso, introduce modificaciones profundas en la legislación laboral argentina, incluyendo nuevas reglas para despidos, registración de trabajadores y relación con sindicatos.
 
Nacionales06/03/2026
obreros

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, luego de que el Congreso de la Nación Argentina aprobara. La norma quedó registrada como Ley Nº 27.802 y comenzó a regir tras la publicación del Decreto 137/2026 en el Boletín Oficial.

La nueva legislación introduce cambios estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo y en otros regímenes especiales, con el objetivo —según el Gobierno— de reducir la litigiosidad laboral y adaptar el marco legal a las nuevas dinámicas del mercado de trabajo.

Fondo de cese laboral y cambios en las indemnizaciones

Uno de los puntos más relevantes de la ley es la posibilidad de reemplazar el sistema tradicional de indemnización por despido previsto en el artículo 245 de la legislación laboral.

La norma habilita a que cámaras empresariales y sindicatos acuerden en convenios colectivos la creación de un fondo de cese laboral, que se financiará con aportes mensuales de los empleadores. De esta manera, el trabajador cobraría ese fondo acumulado en caso de finalizar la relación laboral.

Para los sectores que no adopten este sistema, se modificará el cálculo de las indemnizaciones. La ley establece que el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), las vacaciones no gozadas y los bonos o premios no mensuales quedarán excluidos de la base salarial utilizada para calcular la indemnización por antigüedad.

Además, se incorpora un agravamiento del 50% en la indemnización cuando la Justicia determine que el despido tuvo motivos discriminatorios, incluyendo razones de raza, religión, orientación sexual, opinión política u otras condiciones protegidas.

Registro laboral y eliminación de multas

La reforma también introduce cambios en los mecanismos de registración laboral. A partir de ahora, la inscripción del trabajador ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero será considerada el único registro válido.

Al mismo tiempo, la ley deroga las multas por empleo no registrado o por registración deficiente, sanciones que hasta ahora podían incrementar significativamente los montos de los juicios laborales.

La normativa también establece que no se presumirá relación de dependencia en servicios profesionales u oficios cuando los pagos se realicen por vía bancaria o mediante facturación.

Nuevo régimen para trabajadores independientes

Entre las novedades se crea una figura del  emprendedurismo":  El esquema permitirá que un trabajador autónomo pueda contar con hasta tres colaboradores independientes dentro de su emprendimiento sin que ello genere automáticamente una relación de dependencia laboral.

Asimismo, la ley excluye explícitamente del régimen general del contrato de trabajo a los prestadores que operen a través de plataformas tecnológicas.

Cambios en el funcionamiento del trabajo

La legislación también introduce modificaciones en distintos aspectos de la relación laboral cotidiana.

Entre ellas se establece un período de prueba de seis meses para determinados regímenes, durante el cual el vínculo laboral podrá finalizarse sin indemnización.

La norma ratifica además que las propinas no tienen carácter remunerativo, habilita el pago de salarios en moneda extranjera y mantiene la licencia por maternidad de 90 días, permitiendo que la persona gestante trabaje hasta 15 días antes del parto para acumular más tiempo en el período posterior.

Bloqueos sindicales y retenciones gremiales

La nueva ley también incorpora cambios en la relación con las organizaciones sindicales. En ese sentido, se establece que la participación en bloqueos o tomas de establecimientos que impidan el ingreso de trabajadores o afecten la libertad de trabajo podrá ser considerada causa de despido.

Además, las retenciones salariales destinadas a sindicatos requerirán el consentimiento expreso del trabajador y tendrán un tope máximo del 2% del salario.

Vacaciones y jornada laboral

La normativa mantiene la obligación de otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores puedan acordar su fraccionamiento, siempre que cada período no sea inferior a siete días corridos.

En relación con la jornada laboral, la ley permite extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista un acuerdo voluntario dentro de esquemas flexibles, como bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos.

También se contempla la contratación de trabajadores a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la jornada legal completa.

Incentivos para el empleo registrado y nuevas inversiones

La legislación crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que incluye un mecanismo de regularización laboral destinado a reducir la informalidad.

El esquema prevé la condonación de hasta el 70 % de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que registren trabajadores que se encontraban en situación no declarada.

Además, se implementa un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8 % anual. El beneficio será mayor para quienes contraten trabajadores que no estaban registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como a exmonotributistas o extrabajadores del sector público.

Cambios en el sistema judicial laboral

Con el objetivo de disminuir la cantidad de litigios en los tribunales laborales, la ley establece que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme.

Además, fija que los honorarios profesionales no podrán superar el 25 % del monto reclamado en los procesos judiciales vinculados a conflictos laborales.

Cambios en el financiamiento del cine

En otro apartado, la normativa establece que el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales pasará a financiarse exclusivamente con partidas del Presupuesto Nacional a partir de enero de 2028, lo que implica modificaciones en artículos de la ley de fomento cinematográfico. 

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