El Gobierno promulgó la ley de Régimen Penal Juvenil que fija responsabilidad penal desde los 14 años

La norma fue publicada en el Boletín Oficial y establece un nuevo sistema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años. Entrará en vigencia a los 180 días.
 
Nacionales09/03/2026

adolescente detenido

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que establece un nuevo sistema de responsabilidad penal aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años cuando cometan delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales.

La norma fue oficializada a través del Boletín Oficial de la República Argentina y reemplaza al régimen establecido por la Ley 22.278, vigente desde la última dictadura militar.

El nuevo sistema busca establecer un marco jurídico específico para adolescentes en conflicto con la ley penal, con medidas orientadas a la educación, la reinserción social y la reducción de la reincidencia.

Responsabilidad penal desde los 14 años

La ley establece que el régimen se aplicará a adolescentes que tengan entre 14 y 18 años al momento de cometer un delito. En caso de duda sobre la edad, se presumirá la minoría de edad del imputado.

El texto también fija que el objetivo del sistema será promover la responsabilidad legal del adolescente por sus actos, priorizando medidas socioeducativas antes que sanciones privativas de libertad.

Para delitos de menor gravedad, el régimen prevé penas alternativas, entre ellas:

  • amonestación judicial

  • prohibición de contacto con la víctima

  • prohibición de concurrir a determinados lugares

  • prestación de servicios a la comunidad

  • monitoreo electrónico

  • reparación del daño causado

Además, los jueces podrán ordenar medidas complementarias, como programas educativos, capacitación laboral, tratamiento psicológico o asistencia social.

Penas de prisión para delitos graves

En los casos de delitos de mayor gravedad, la ley contempla penas privativas de la libertad, que podrán cumplirse en domicilios, institutos abiertos o establecimientos especializados.

La norma establece que no podrán aplicarse penas de prisión perpetua ni reclusión perpetua a menores de edad, fijando un máximo de 15 años de prisión incluso si el delito contempla sanciones mayores en el Código Penal.

Los adolescentes privados de libertad deberán ser alojados en instituciones especializadas y separadas de los adultos, con personal capacitado y programas orientados a la formación educativa, la capacitación laboral y la reinserción social.

La ley dispone que el nuevo régimen entrará en vigencia a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial, plazo durante el cual deberán adecuarse los sistemas judiciales y administrativos.

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