Martín Pérez celebró el fallo contra Rockhopper y Navitas: “Este es el camino”

El intendente de Río Grande ponderó la resolución del Juzgado Federal local que declaró la competencia de la Justicia argentina para intervenir en la demanda colectiva contra las petroleras que operan sin autorización en la Cuenca Malvinas Norte.
Tierra del Fuego10/09/2026
martin perez
Intendente de Río Grande, Martín Perez | Foto: Archivo

El intendente de Río Grande, Lic. Martín Pérez, celebró la resolución emitida por la jueza federal Mariel Borruto, quien declaró la competencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande y la jurisdicción argentina para intervenir en la demanda colectiva promovida contra las firmas Rockhopper Exploration plc y Navitas Petroleum Development and Production Limited (NPDP) por sus actividades hidrocarburíferas ilegales en la Cuenca Malvinas Norte.

A través de sus canales oficiales, el jefe municipal vinculó la decisión de la magistrada con la posición histórica de resguardo de los recursos naturales en el Atlántico Sur. “Este es un paso concreto y serio para afirmar la soberanía argentina y defender nuestros recursos de la explotación ilegal de los ocupantes”, afirmó Pérez, para luego añadir: “Paso a paso, sin shows, pensando en el país, pensando en Tierra del Fuego y no sólo en la elección más cercana. Este es el camino”.

El fallo judicial se dio a conocer en el marco del expediente FCR 13706/2026, impulsado el pasado 1 de septiembre por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA). La presentación cuestiona los desarrollos hidrocarburíferos en la zona, que incluyen la instalación de pozos submarinos, trazado de ductos y la operación de una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga (FPSO).

Entre los fundamentos vertidos en la resolución, la jueza Borruto remarcó el carácter interjurisdiccional del impacto ambiental en la plataforma continental y definió la dimensión soberana como un eje prioritario de la controversia. En el texto, la magistrada dejó asentado que en la causa "subyace en ella la defensa de la soberanía nacional, bien colectivo indivisible que reviste la calidad de interés federal por antonomasia".

Asimismo, el fallo dispuso dar participación formal a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. A requerimiento del Ministerio Público Fiscal, el juzgado emplazó por un plazo de diez días a la Fiscalía de Estado provincial para que tome intervención en resguardo del dominio originario de los recursos naturales y de los intereses patrimoniales y ambientales del territorio fueguino.

Si bien la declaración de competencia constituye un avance procesal significativo para las entidades demandantes, el tribunal difirió la definición sobre las medidas cautelares solicitadas contra las compañías petroleras —entre las que se incluye el cese de las actividades hidrocarburíferas— hasta tanto las partes actoras completen requerimientos de documentación en un lapso de cinco días. Cumplido ese trámite, el fuero federal quedará en condiciones de expedirse sobre las acciones preventivas interpuestas.

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