
ARCA actualiza el impuesto a las apuestas online y establece nuevas reglas para operadores digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la Resolución General 5791/2025, una actualización del régimen del impuesto indirecto sobre apuestas online previsto en la Ley 27.346. La medida introduce cambios destinados a modernizar los procesos, ordenar el sistema de percepción del gravamen y brindar mayor previsibilidad tanto a operadores como a intermediarios de pago que actúan como agentes de percepción.
La resolución modifica distintos puntos de la normativa vigente, especialmente la Resolución General 5228, para mejorar la operatividad del sistema. Entre los ajustes más importantes se encuentra la definición de un nuevo momento de aplicación de las alícuotas: ahora comenzarán a regir desde el primer día de la quincena siguiente a la emisión del certificado.
Otro punto central es la reorganización del listado de operadores extranjeros. ARCA actualizará periódicamente la nómina, que estará disponible en el micrositio oficial “Juegos de azar y apuestas”. Este registro resulta clave para que los intermediarios de pago apliquen correctamente las percepciones cuando se trate de plataformas radicadas fuera del país.
La normativa también agiliza el proceso de inscripción en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas, estableciendo un plazo máximo de 60 días corridos para resolver las solicitudes. Este plazo se contará desde la validación del organismo regulador de cada jurisdicción o desde la fecha de presentación de la solicitud, según corresponda. Durante el análisis del trámite, ARCA podrá requerir documentación adicional, lo que suspenderá temporalmente los plazos hasta la presentación completa.
Tras aprobar la inscripción, el organismo incorporará al operador en el registro oficial y publicará sus datos en el listado de operadores habilitados: razón social, CUIT, dominios autorizados, alícuota aplicable y jurisdicción. Además, la resolución refuerza los controles anuales sobre los requisitos que permiten a los operadores acceder a la alícuota reducida, especialmente los vinculados al mantenimiento de la nómina de personal registrada.
En caso de discrepancias, los operadores podrán presentar su disconformidad dentro de los 15 días corridos posteriores a la notificación, a través del servicio con Clave Fiscal “Registro de control online del sistema de apuestas”.
La resolución entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, aunque las disposiciones relacionadas con la inscripción al registro comenzarán a aplicarse desde el 25 de noviembre de 2025.


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