El Gobierno flexibilizó la certificación de chalecos antibalas y cascos balísticos en Argentina

El RENAR habilitó homologaciones internacionales y avanzó con una fuerte desregulación del mercado de materiales de protección balística.
Nacionales26/05/2026

chalecos antibalas

El Gobierno nacional oficializó una profunda modificación en el sistema de control y certificación de chalecos antibalas, cascos balísticos y otros materiales de protección especial en Argentina. La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante la Resolución 24/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.

La nueva normativa permite que puedan comercializarse en el país materiales de usos especiales certificados bajo estándares internacionales reconocidos, como las normas NIJ de Estados Unidos, VPAM de Alemania, Home Office del Reino Unido y EN de Europa, sin necesidad de repetir ensayos completos bajo normas exclusivamente argentinas.

Según explicó el Gobierno en los fundamentos de la resolución, la decisión busca “desregular la actividad económica”, ampliar la oferta disponible en el mercado, reducir costos y agilizar los procesos de importación y comercialización de estos productos.

La resolución sostiene que el sistema anterior generaba “duplicación de controles”, incrementaba costos para fabricantes e importadores y demoraba el ingreso de productos al mercado sin aportar mayores garantías adicionales en materia de seguridad.

Además, el RENAR aprobó nuevas versiones de las normas técnicas nacionales MA.01-A3, MA.02-A1 y creó la nueva MA.03 para cascos antibalas, incorporando actualizaciones técnicas y nuevos protocolos de evaluación balística.

Otro de los puntos centrales de la medida es la ampliación de los organismos habilitados para emitir certificaciones y ensayos técnicos. A partir de ahora podrán intervenir laboratorios y entidades acreditadas tanto en Argentina como en el exterior, siempre que cuenten con reconocimiento técnico válido.

La resolución también establece que los materiales de usos especiales fabricados en Argentina y destinados exclusivamente a exportación deberán cumplir únicamente las exigencias del país de destino, evitando controles adicionales locales que puedan afectar la competitividad internacional.

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