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Se trata de productos de Río Negro que se encontraban en la venta en un reconocido minimercado de la ciudad, y que tras el alerta de la infracción, la ANMAT procedió al retiro en todo el país.
Tierra del Fuego04/10/2019Inspectores de Bromatología de la Municipalidad de Ushuaia detectaron productos rionegrinos en infracción, los cuales se encontraban a la venta en Othila, el minimercado de las 640 Viviendas, por lo que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió su retiro en todo el país.
Según se informó, los productos se tratan de: “Paté de salmón a la crema”, “Salmón en aceite con alcaparras y almendras ahumadas”, “Paté de cordero al vino blanco y romero”, “Salmón ahumado en aceite”, “Trucha en aceite con pimienta y limón”, “Paté de trucha con champignones”, “Paté de ciervo con hongos”, “Trucha ahumada en aceite con castañas tostadas” y de todo otros producto que declare el mismo elaborador, marca Granjas Patagónicas, Peso Neto 80 grs., elaborados por Granjas Patagónicas SRL.
Tras su infracción, se llevó la denuncia ante el Registro y Control de Alimentos de Río Negro, la infracción del establecimiento elaborador, y se elevaron las actuaciones a la ANMAT, quien dispuso la prohibición de su comercialización en todo el territorio nacional, a excepción de la provincia de Río Negro.
El Director de Bromatología, Oscar Salgado explicó que “a través de los inspectores del área se llevó a cabo una inspección en Othila SA, ubicada en Teodoro Mendoza 83 de la ciudad de Ushuaia, donde se constató la comercialización de productos alimenticios que fueron incautados, inicialmente y en forma preventiva para consignar la rotulación reglamentaria”. Agregó además que fue inmediatamente consultado al Registro y Control de Alimentos de Río Negro, de donde procedían los productos marca Granjas Patagónicas SRL de la ciudad de Bariloche y se verificó que el establecimiento elaborador se encontraba en infracción.
Tras esta confirmación “se procedió al retiro de los productos alimenticios que fueron incautados en todo el país, a través de una resolución de la ANMAT que prohibió la comercialización de sus productos en el ámbito nacional, a través del artículo 3° de la ley N° 18284; del artículo 3° del anexo 2 del Decreto N° 2126/71 y del artículo 155° del Código Alimentario Argentino, por carecer de autorización, por lo tanto resultando, en consecuencia, ilegales”.
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