Senado aprueba la donación de plasma y receta electrónica

Los parlamentarios convirtieron en Ley las dos normas impulsadas por la pandemia del coronavirus.

Nacionales 23/07/2020 Télam
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Foto Archivo: Comunicación Senado

El Senado de la Nación aprobó hoy, y convirtió en ley, los proyectos para facilitar la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de coronavirus y la implementación de la receta médica electrónica.

La Ley de promoción de donación de Plasma

• Dispone crear una campaña nacional para la promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo, proveniente de pacientes recuperados de la coronavirus de todo el país.

La iniciativa del diputado nacional del Frente de Todos Máximo Kirchner, que fue acompañada en la presentación por su par del PRO, Cristian Ritondo, y aprobada esta tarde por unanimidad en el Senado, otorga una licencia especial para los donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma que realicen.

• Con la medida, se crea además un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 Donantes de Plasma, cuya información deberá resguardarse en cumplimiento de la ley 25.326 de protección de datos personales.

• También tendrá como función requerir a las autoridades sanitarias jurisdiccionales la definición de los Centros Regionales de Hemoterapia y/o bancos de sangre que serán los responsables de realizar la captación y recolección de plasma de pacientes recuperados de Covid-19.

La ley de prescripción de recetas electrónicas y la teleasistencia en salud

La iniciativa aprobada por unanimidad autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.

Además, determina que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.

Asimismo, determina que los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben "garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo".

También deben "establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área".

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