Autodespacho de combustible: el Gobierno aprueba su implementación y simplifica los requisitos para las estaciones de servicio

La normativa establece que los operadores interesados deberán presentar documentación técnica completa, incluyendo planos de distribución, una auditoría de seguridad vigente y un certificado de los requisitos legales y técnicos.
Nacionales08/04/2025
ypf

La Secretaría de Energía de Nación oficializó este martes, a través de la Resolución 147/2025 publicada en el Boletín Oficial, la aprobación del procedimiento y las condiciones para que las estaciones de servicio puedan implementar el sistema de autodespacho de combustible líquido en todo el país.

La normativa establece que los operadores interesados deberán presentar documentación técnica completa, incluyendo planos de distribución, una auditoría de seguridad vigente y un certificado que garantice el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos. El objetivo, según el Gobierno, es agilizar el proceso y reducir trabas burocráticas.

“El nuevo procedimiento será más fácil y más rápido, otorgando mayor autonomía a los operadores, quienes ya no deberán solicitar autorización previa a la Secretaría de Energía para adaptar sus estaciones”, destacaron desde la cartera energética.

Con el nuevo régimen, una vez finalizadas las obras de adecuación, la estación podrá comenzar a operar en modalidad de autodespacho inmediatamente tras la presentación de la documentación por parte de la entidad auditora.

La implementación será optativa y podrá realizarse de tres maneras: total, donde el cliente se encarga completamente de la carga; simultánea, combinando áreas de carga asistida y autoservicio; o alternada, variando según el momento del día.

Entre las condiciones de seguridad exigidas se incluyen:

  • Dispositivos de corte de emergencia en los surtidores.
  • Sistema de corte automático al completar el abastecimiento.
  • Cabina de control para supervisión remota de la operación.
    Señalización sonora, luminosa o intercomunicador en la zona de carga.
  • Mangueras de hasta 3,5 metros, sin traba de gatillo, y sistemas que garanticen la descarga estática del usuario.

Desde el Ejecutivo nacional remarcaron que esta medida se enmarca en el proceso de desregulación del sector energético iniciado con el Decreto 46/25 en enero de este año. “Esta política permitirá un servicio continuo las 24 horas, mayor libertad para los expendedores y seguridad para los trabajadores, especialmente en zonas con altos índices de inseguridad durante la noche”, afirmaron fuentes oficiales.

El Gobierno sostuvo que esta resolución “se alinea con la meta de garantizar una amplia libertad en la circulación de bienes y servicios, simplificando procedimientos y eliminando obstáculos que afectan la competitividad y la eficiencia del sector”.

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