La Corte Suprema ordenó revisar una condena de 23 años por delitos contra la integridad sexual en Tierra del Fuego

La decisión alcanza a un hombre había sido condenado a 23 años de prisión. Tras el fallo de la Corte Suprema, el Superior Tribunal de Justicia fueguino ordenó su libertad.
Tierra del Fuego13/08/2026

Corte Suprema de la Justicia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto una decisión del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego en la causa contra un hombre condenado por delitos sexuales y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento de acuerdo con el criterio adoptado por el máximo tribunal nacional en el precedente “Ilarraz”.

La causa involucra a un hombre cuya identidad fue anonimizada para preservar a las víctimas. El acusado había sido condenado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte a 23 años de prisión por delitos contra la integridad sexual, sentencia que posteriormente había sido confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

La intervención de la Corte Suprema modifica ahora el escenario judicial. El máximo tribunal dejó sin efecto la resolución del Superior Tribunal y dispuso que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los lineamientos establecidos en el caso “Ilarraz”, particularmente en relación con la prescripción de la acción penal.

El precedente resulta determinante para comprender la decisión. El 1° de julio de 2025, la Corte Suprema consideró cumplido el plazo de prescripción de la acción penal seguida contra Justo José Ilarraz, quien había sido condenado en 2018 a 25 años de prisión por delitos contra la integridad sexual. Como consecuencia, el máximo tribunal dispuso su sobreseimiento.

El Superior Tribunal ordenó la libertad del condenado

Tras conocerse la resolución de la Corte Suprema y ante una presentación realizada por la defensa de “S. S. M. A.”, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ordenó su libertad mientras se resuelve nuevamente su situación judicial.

La decisión no pone fin por sí misma al proceso: el Superior Tribunal deberá emitir un nuevo pronunciamiento y analizar la cuestión vinculada con el plazo de prescripción de la acción penal, siguiendo el criterio fijado por la Corte Suprema.

Mientras tanto, la Justicia estableció reglas de conducta destinadas a mantener al hombre sujeto al proceso y dispuso medidas de protección para las víctimas.

De esta manera, la causa vuelve a quedar bajo análisis del máximo tribunal fueguino, que deberá resolver nuevamente la situación del condenado después de que la Corte Suprema dejara sin efecto su anterior decisión y ordenara aplicar los lineamientos establecidos en el precedente “Ilarraz”.

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