
Milei modifica la Ley de Ministerios y suma la ludopatía a las políticas de Salud

El Gobierno nacional modificó la Ley de Ministerios mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 771/2026, publicado este jueves, y estableció nuevos alcances para las competencias de los ministerios de Salud y Economía.
Uno de los principales cambios está relacionado con la ludopatía, ya que el Ministerio de Salud pasará a tener entre sus funciones el diseño y la ejecución de políticas públicas destinadas a su prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral.
La modificación fue fundamentada por el Gobierno en la necesidad de fortalecer las herramientas destinadas a atender las conductas vinculadas con el juego y las apuestas, especialmente frente al crecimiento de las modalidades digitales o los llamados "casinos onlines".
Según los considerandos del decreto, información del Observatorio Argentino de Drogas correspondiente al Séptimo Estudio Nacional sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en Estudiantes de Enseñanza Secundaria Argentina 2025 mostró que más de una cuarta parte de los estudiantes consultados manifestó haber realizado apuestas con dinero durante el último año.
El Gobierno señaló además que la prevalencia es significativamente mayor en las modalidades desarrolladas a través de plataformas digitales. A partir de esta situación, el decreto considera a la ludopatía como un trastorno que puede afectar la salud mental, la economía personal y familiar, las relaciones sociales y el desempeño educativo y laboral.
Por ese motivo, la norma incorpora expresamente dentro de las atribuciones del Ministerio de Salud la “prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral de la ludopatía en juegos de azar y apuestas”.
Cambios en las competencias sobre alimentos
El DNU también modifica las atribuciones de los ministerios de Economía y Salud en materia alimentaria y sanitaria.
Economía tendrá entre sus competencias la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera, además del control de la sanidad, calidad e inocuidad de productos y derivados agroalimentarios, bebidas, aguas minerales, dietéticos y alimentos acondicionados.
Estas tareas abarcarán las distintas etapas de producción y transformación, almacenamiento, transporte, comercialización, importación y exportación.
Por su parte, Salud conservará funciones de rectoría y normatización en materia de alimentos dentro de su ámbito de competencia.
El decreto también delimita la intervención de Salud sobre productos de higiene, tocador, cosmética humana y de uso doméstico. En estos casos, el ministerio tendrá intervención en la determinación de las sustancias prohibidas y de uso condicionado, en coordinación con las áreas correspondientes.
Qué cambia con el nuevo decreto
En términos generales, el DNU reorganiza competencias que hasta ahora estaban distribuidas entre distintas áreas del Estado y establece nuevas responsabilidades para el Ministerio de Salud.
El cambio más visible es la incorporación explícita de la ludopatía y las apuestas dentro de las políticas sanitarias nacionales, con énfasis en la prevención, la detección, la capacitación y el tratamiento.
El Decreto 771/2026 entra en vigencia desde el día de su dictado y deberá ser remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con el procedimiento previsto para los decretos de necesidad y urgencia.


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