La Justicia suspende la declaración de "esencial" del transporte aéreo tras reclamo de pilotos

La Justicia argumentó que la huelga está avalada por la Constitución Nacional y en convenios internacionales, por lo que la actividad aeronáutica civil no está entre los servicios considerados esenciales.

Nacionales26/09/2024
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La Justicia dictó una medida cautelar que deja sin efecto la aplicación de los Decretos 825/24 y 831/24, que declaraban "esencial" el servicio de transporte aéreo. La decisión, tomada por el Juzgado del Trabajo N° 42 a cargo de Ricardo Hierrezuelo, responde a una presentación de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA).

El gremio argumentó que esta declaración restringía el derecho de huelga de los pilotos, un derecho reconocido en la Constitución Nacional y en convenios internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Según APLA, la resolución judicial reafirma que la actividad aeronáutica civil no está entre los servicios considerados esenciales según la legislación vigente.

APLA enfatizó que la medida del gobierno confunde su rol como poder público con el de un empleador, comprometiendo el patrimonio público. Los pilotos manifestaron su disposición a continuar defendiendo sus derechos en el marco del Estado de Derecho, asegurando que responderán a cualquier medida considerada ilegal con mayor firmeza en sus reclamos.

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