IFE: Quiénes cobrarán los 10 mil pesos que otorgará el Gobierno nacional 

El pago por única vez por Ingreso Familiar de Emergencia alcanzará a los monotributistas de la categorías “A” y “B”, pero ellos no deben tener facturación durante la paralización del país.

Economía 24/03/2020
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De acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el IFE se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal, sean monotributistas de las categorías “A” y “B” o, también, trabajadoras o trabajadores de casas particulares quienes cobrarán esta ayuda a través de su CBU y por el monto de 10 mil pesos.
          
Para acceder al IFE se deben cumplir dos requisitos

1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, y 
2) Tener entre 18 y 65 años de edad.

Sólo podrá acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:

A) De un trabajo en relación de dependencia público o privado; 

B) De ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos. De una prestación de desempleo.

C) De jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

D) De planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.

► La IFE se abonará por única vez en el mes de abril, si bien podrá ser prorrogada en caso de ser necesario, y deberá ser solicitado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que pondrá a disposición de todas las personas interesadas un formulario en los primeros días de abril.

►Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSES, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página Web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes.

► Este beneficio, excepcional y por única vez, se otorgará tras realizar evaluaciones socio económicas y patrimoniales sobre la baje de criterios objetivos que se fijen en su reglamentación.

► Las normas aclaratorias y complementarias serán dictadas, de ser necesarias, por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y por la propia ANSES, de acuerdo con el decreto que establece el IFE.

► La financiación del subsidio excepcional instituido hoy estará a cargo del Tesoro Nacional, por lo cual la Jefatura de Gabinete deberá prever las correspondientes adecuaciones presupuestarias para el ejercicio en curso.

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