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La Ley jubilatoria quedó suspendida por un decreto presidencial que estableció una nueva forma de pago a los jubilados. La jubilación mínima en el mes de abril alcanzará un total de $241 mil pesos.
Nacionales 28/03/2024La Ley jubilatoria quedó suspendida por un decreto presidencial que estableció una nueva forma de pago a los jubilados y pensionados. A través del Decreto 274/2024, el Gobierno nacional oficializó la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que desde julio se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC) es decir los índices de inflación.
Por el decreto -el cual podría desaparecer y volver a la ley jubilatoria en el futuro- en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5 por ciento para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año.
Asimismo, se adicionará el 13,24 por ciento correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024. Por todo ello, la jubilación mínima de abril será de 171.283,31 pesos. A ese monto se le adicionara el pago de un bono de 70 mil pesos. En consecuencia, la jubilación mínima en el mes de abril alcanzará un total de 241.283,31 pesos.
Por otra parte, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) asciende a 137.026,65 pesos, a lo que se adicionará un bono de 70 mil pesos, quedando en 207.026,65 pesos. Las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en 119.898,32 pesos por lo que, sumado al bono de 70 mil pesos, cobrarán 189.898,32 pesos.
En mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril). En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados.
Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente.
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