Elevan el monto para que bancos y billeteras virtuales informen a la AFIP los movimientos de sus clientes

Pasó de 200 mil pesos a 700 mil pesos como tope para informar a la AFIP.

Economía24/05/2024
mercado pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó este viernes los montos mínimos sin justificar que se debía notificar al organismo cuando esa plata se encontraba en movimiento en bancos y billeteras virtuales. 

La medida viene a cambiar la resolución 4298 que establece la obligación de informar de las entidades financieras a la AFIP. Con este cambio, los bancos deberán reportar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue a los $700.000, que hasta ahora era de $200.000.

Por otro lado, se aumentaron los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital y están incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales.

Al igual que la nómina de cuentas de los clientes, deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $400.000, en lugar de los $120.000 anteriores.

Según informó AFIP, “para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”.

   

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