Desde el sábado comercios de Tierra del Fuego podrán vender sólo por delivery

Varios comercios estarán habilitados a vender sus productos a través de la modalidad delivery, pero no en forma presencial. Podrán vender, pero la entrega dependerá de la dirección comercial.

Locales 23/04/2020
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Desde este sábado 25 de abril varios rubros de comercio podrán poner en venta sus productos a través de la modalidad delivery y no de forma presencial. Para ello, el Gobierno de la Provincia habilitó una forma online para los comerciantes junto con una Declaración Jurada  y el protocolo de seguridad ante el coronavirus.

Los comercios que podrán volver a funcionar son Electrónica,  Telefonía e Informática, Indumentaria, Calzado, Regalería y Juguetería, Iluminación y Electricidad, Mueblería, Electrodomésticos, Decoración, Artículos del Hogar, Artículos de Camping y Pesca, Cotillón,  Venta de Libros, Perfumería, Mercería,  Vinotecas y Cervecerías, Viveros, etc, y toda otra actividad que esté ligada al expendio de productos elaborados.

"Es importarte destacar que estos comercios NO ATENDERÁN en forma presencial en sus locales. Solo se habilita la venta por teléfono, canales electrónicos o cualquier otro medio que no requiera la presencia del público, y la habilitación es para que lo hagan día por medio", aclararon desde el Gobierno.

Entrega restringida

Los negocios estarán habilitados a tomar la compra todos los días, por el sistema que elijan. Sin embargo para la entrega del producto, siempre por delivery, la podrán realizar según el último dígito de su dirección comercial:

► Lunes, miércoles y viernes, los comercios cuya dirección comercial finalice en número impar.
►Martes, jueves y sábado, los comercios cuya dirección comercial finalice en número par.
►La entrega se podrá hacer exclusivamente los días que el comercio está habilitado, en el horario de 14:00 a 20:00.  

¿Qué tengo que hacer si tengo un comercio?
Enviar un correo electrónico a [email protected] colocando en el Asunto del Correo el nombre comercial o de fantasía y el rubro, y adjuntando una planilla de cálculo con los siguientes datos:
 1. Número de C.U.I.T. de la Empresa.
 2. Nombre de la Razón Social.
 3.  Nombre y Apellido, DNI del dueño o gerente y/o encargado/s y/o responsable del cumplimiento del protocolo de higiene y seguridad.
 4.  Rubro principal o actividad comercial a desarrollar.
 5.  Nombre de fantasía o comercial del establecimiento.
 6. Domicilio real del establecimiento comercial, donde se realizan cada una de las actividades comerciales.
 7. Nómina de empleados y/o personas qué estará abocado a la actividad.
 8. Nómina de personal afectado al servicio de delivery. 
                                                      
Desde esa misma dirección se responderá adjuntando el protocolo de seguridad general para empresas comerciales y un modelo de Declaración Jurada que debe ser impresa, firmada y enviada por medios digitales a la misma dirección indicada anteriormente. 

La Declaración Jurada original y el protocolo se deben mantener en el local comercial a disposición para su consulta en caso de recibir una inspección.                                                                                                         

El trabajo se deberá realizar con la mínima dotación de personal posible. Los empleados deberán concurrir a trabajar con una copia de la habilitación del comercio y su último recibo de sueldos. Esto los habilitará para circular desde su domicilio personal hasta el domicilio comercial, exclusivamente. 
 
¿Quienes podrán hacer delivery?
La entrega de los productos se puede hacer con vehículo propio o de terceros. En ambos casos, quien conduzca el vehículo deberá previamente registrarse, ingresando a www.proactivos.com.ar donde recibirá una capacitación por video y luego deberá completar un formulario de registro, que incluye una evaluación de algunas cuestiones relacionadas con la pandemia. 

Una vez inscripto, deberá contar para circular durante las entregas con una fotocopia de la habilitación comercial del comercio que le solicita el servicio y el ticket,  factura o remito por la mercadería transportada.
                                                                
¿Qué tengo que tener en cuenta para comprar?
► Averiguar qué días el negocio elegido estará habilitado para la entrega del producto.
► Hacer el pedido por el medio que el comercio proponga.  En lo posible, paga por transferencia, o verifica los medios de pago que el comercio acepta.
►Es importante ser muy cuidadoso al pedir, ya que no está prevista la devolución de mercadería, en particular de productos textiles.
             
Esta decisión y el sistema que se estableció fue acordado en una nuevo reunión por videoconferencia de la que tomaron parte el ministro Jefe de Gabinete, Agustín Tita; junto a  la ministra de la Producción y Ambiente, Sonia Castiglione; e integrantes de la Secretaría de Comercio, como su titular Aníbal Chaparro y el subsecretario del área, Gustavo Cejas; al igual que Roberto Daniels, secretario de Planificación Estratégica.

En la que estuvo además Claudia Fernández, Daniel González y Juan Begue, por la Cámara de Comercio de Ushuaia; y Alejandro Vivas, Marilina Henninger y José Luis Iglesias por la Cámara de Comercio de Río Grande.

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